Acuerdo 761 de 2020 "Por medio del cual se adopta el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”
Artículo 102. Funciones esenciales del Instituto Distrital de Ciencia, Biotecnología e Innovación en Salud. Modifíquese el artículo 18 del Acuerdo 641 de 2016 el cual quedará así:
“Artículo 18. El Instituto Distrital de Ciencia, Biotecnología e Innovación en Salud –IDCBIS- desarrollará las siguientes actividades principales:
Según el artículo 5 del Decreto 1421 de 1993 "Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá": Son organismos de control y vigilancia la: Personería, la Contraloría y la Veeduría. Además, al IDCBIS lo vigila el INVIMA por su actividad misional y la Alcaldía Mayor de Bogotá, al ser una Entidad Sin Ánimo de Lucro.
El Área de Auditoría Interna es la encargada del Sistema de Control Interno en el marco del Modelo Estándar de Control Interno (Dimensión 7 MIPG), aplicable al IDCBIS. Sus roles estratégico, de enfoque hacia la prevención y de evaluación y seguimiento, se llevan a cabo a través de la realización de auditorías internas con enfoque de riesgo, fomento de la cultura del control y en general un acompañamiento y examen objeto de los sistemas de gestión del Instituto, sus procesos y actividades para formular recomendaciones en el marco del mejoramiento continuo del IDCBIS.